lunes, 13 de mayo de 2019

Marco legal para los residuos en México

Legislación nacional relacionada con los residuos sólidos.
Legislación
Federal
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Art. 115. Establece la prestación de servicios públicos por parte del municipio.
Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.
Art. 134. Prevención y control de la contaminación del suelo por residuos.
Art. 135. Ordenación urbana, servicio de limpia y sitios de disposición final.
Art. 137. Autorización del funcionamiento de sistemas de recolección, transporte, tratamiento y disposición final.
 Art. 138.Acuerdos para mejorar e implantar sistemas de recolección, transporte, tratamiento y disposición final.
Art. 139. Contaminación por lixiviados.
Art. 141 Biodegradación de RSU.
Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos.
Reglamenta las disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en lo que se refiere a la protección al ambiente, en materia de prevención y gestión de los residuos, y establece bases para: principios de valorización, responsabilidad compartida, manejo integral, criterios de gestión integral, mecanismos de coordinación entre entidades, mercado de subproductos, participación de la sociedad, creación de sistemas de información referentes a gestión de RSU y RME, prevención de la contaminación de sitios, fortalecimiento de la innovación tecnológica, establecimiento de medidas de control y seguridad, entre otras.
Reglamento de la Ley General Integral de los Residuos.
El presente ordenamiento tiene por objeto reglamentar la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los residuos y rige en todo el territorio nacional y las zonas donde la Nación ejerce su jurisdicción. 
NOM-083-SEMARNAT-200.
Especificaciones de protección ambiental para la selección del sitio, diseño, construcción, operación, monitoreo, clausura y obras complementarias de un sitio de disposición final de residuos sólidos urbanos y de manejo especia.
Legislación estatal
Constitución  Política  del Estado de Quintana Roo.
Dentro  de  los  artículos  referentes  a  los  municipios  se  mencionan  las  facultades  que  tienen  los  ayuntamientos  para  prestar  el  servicio  de  limpia pública.
Ley Estatal de Protección al Ambiente.
Establece disposiciones de observancia obligatoria para cada Estado, teniendo como objetivo la prevención, preservación y restauración del equilibrio ecológico, así como los fundamentos para el manejo y disposición final de los residuos sólidos no peligrosos
Ley para la Prevención y la Gestión Integral de Residuos del Estado de Quintana Roo
Indica que las disposiciones contenidas en la presente Ley son de orden público y obligatorio en todo el territorio del estado de Quintana Roo, de interés general y tienen por objeto propiciar el desarrollo sustentable a través de la prevención de la generación, la gestión y el manejo integral de los residuos de manejo especial, residuos sólidos urbanos y residuos peligrosos de control local, así como la prevención de la contaminación de sitios por residuos y su remediación, con base en la responsabilidad compartida, pero diferenciada, de los distintos sectores sociales y las autoridades de los tres órdenes de gobierno. Por lo que; queda claramente diferenciado las funciones que deben realizar los municipios y la entidad estatal, así como los generadores, y en su caso la participación coordinada de los sujetos a cumplir con esta Ley. Esta misma ley establece que se debe desarrollar el presente Programa Estatal de Prevención y Gestión Integral de los Residuos.
Legislación  

municipal
Bando de Policía y Buen gobierno de Othón P. Blanco.
Plantean el conjunto de normas y disposiciones que regulen el funcionamiento de la administración pública municipal.
Reglamento para la prestación del servicio público de limpia, recolección, transporte, tratamiento y disposición final de residuos sólidos en el municipio de Othón P. Blanco.
Tiene por objeto regular el servicio público de limpia, recolección, transporte, tratamiento y disposición final de los residuos sólidos y todas las acciones relacionadas con el mismo; así como establecer las infracciones y determinar las sanciones por los actos u omisiones que afecten el servicio.

Normas mexicanas.
Se relacionan con la determinación de la generación y composición de los residuos sólidos municipales y las determinaciones en el laboratorio de diferentes componentes. Estas NMX tienen el objetivo de estandarizar los procedimientos relacionados con los estudios de caracterización de los residuos sólidos, que por lo general se solicitan como parte de los proyectos de ingeniería. No son de observancia obligatoria.

NMX-AA-15-1985 Muestreo – Método de cuarteo.
NMX-AA-61-1985 Determinación de la generación.
NMX-AA-22-1985 Selección y cuantificación de subproductos.
NMX-AA-19-1985 Determinación del peso volumétrico “in situ”.

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